Sirve para ahorrar a largo plazo como complemento a la jubilación pública. Los planes de jubilación son un seguro de vida-ahorro con el fin de que el ahorrador obtenga un capital en caso de jubilación o fallecimiento.
El usuario a cambio de una prima que paga con una periodicidad determinada, de forma única o periódica (mensual, trimestral, semestral o anual), recibe el capital asegurado al término del contrato en caso de supervivencia, o con anterioridad a la fecha anterior si nos enfrentamos a casos de invalidez o muerte. En este último caso el capital lo reciben los herederos del beneficiario del seguro.
Características
- La fecha que se acuerda con la entidad para percibir las aportaciones, no debe necesariamente coincidir con la fecha de jubilación.
- Los planes de jubilación ofrecen derecho a rescate (a diferencia de los Planes de Pensiones), a partir de los dos primeros años pero una fuerte penalización.
- Aseguran un interés mínimo anual, denominado interés técnico. Este tipo de interés lo fija anualmente el Ministerio de Economía y Hacienda.
- Rentabilidad: el interés no se puede garantizar, puede dar pérdidas, aunque garantizan una rentabilidad mínima.
- Tratamiento fiscal de las aportaciones: no se deducen.
- Tratamiento fiscal de los rendimientos al vencimiento: Tributan como de capital mobiliario al 19%.
Cuidado, no confunda los planes de jubilación con los planes de pensiones